Cómo constituir una sociedad en Argentina

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Argentina ofrece un mercado interno amplio, abundantes recursos naturales y mano de obra cualificada. El inversor extranjero tiene los mismos derechos que el local y no necesita autorización previa en la mayoría de sectores, pero hay formalidades propias de Argentina que conviene planificar desde el principio.

1. Elegir el vehículo

  • Sociedad Anónima (SA): la sociedad tradicional; existe también la versión unipersonal (SAU).
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): más sencilla de gestionar, con entre dos y 50 socios.
  • Sucursal de sociedad extranjera.

2. Pasos principales

  1. Inscripción del socio extranjero: la sociedad extranjera que vaya a ser socia de una sociedad argentina debe inscribirse antes en el Registro Público de Comercio (en la Ciudad de Buenos Aires, la IGJ), presentando documentos societarios apostillados y traducidos.
  2. Estatutos y acto constitutivo, por escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas.
  3. Capital: depósito de la parte exigida del capital en un banco local.
  4. Inscripción de la sociedad en el registro competente.
  5. CUIT ante ARCA (antes AFIP) e inscripción en el impuesto provincial sobre los ingresos brutos.

3. Puntos a tener en cuenta

  • Directores residentes: en una SA, la mayoría de los directores debe residir en Argentina, y todos necesitan un domicilio local para notificaciones.
  • Régimen cambiario: el acceso al mercado oficial de cambios para dividendos, préstamos e importaciones ha cambiado a menudo en los últimos años. Revisa las normas vigentes antes de invertir y documenta bien los ingresos de fondos.
  • Traducciones: los documentos extranjeros deben traducirse por traductor público matriculado en Argentina.
  • Impuestos: el impuesto a las ganancias de sociedades tiene tipos progresivos de hasta el 35%; el IVA general es del 21%, además de ingresos brutos provinciales y una retención sobre dividendos.

4. Después de la constitución

La sociedad y su socio extranjero deben presentar información anual ante el registro, llevar libros societarios y contables, presentar declaraciones fiscales, emitir factura electrónica, presentar los regímenes informativos de inversión extranjera y deuda externa ante el Banco Central cuando corresponda, e inscribir a sus empleados en la seguridad social.

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Las opiniones expresadas son personales y no representan necesariamente la posición de NET CRAMAN. Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas cambian con el tiempo; busca asesoramiento específico antes de actuar.


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