Cómo constituir una sociedad en Chile

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Chile destaca por su estabilidad institucional, su economía abierta y su amplia red de tratados comerciales, incluidos los firmados con China y otras economías asiáticas. El inversor extranjero recibe en general el mismo trato que el local, y la constitución puede ser rápida.

1. Elegir el vehículo

  • Sociedad por Acciones (SpA): la opción más usada por inversores extranjeros. Admite un solo accionista y estatutos muy flexibles.
  • Sociedad de responsabilidad limitada (Ltda.) y sociedad anónima (S.A.): para casos concretos, como negocios que piensan cotizar o ciertas actividades reguladas.
  • Agencia de sociedad extranjera.

2. Pasos principales

  1. RUT para los socios extranjeros, que se obtiene mediante un representante legal domiciliado en Chile.
  2. Constitución: en línea a través del Registro de Empresas y Sociedades («Tu Empresa en un Día»), o por escritura pública ante notario, con inscripción en el Registro de Comercio y publicación de un extracto en el Diario Oficial.
  3. RUT de la sociedad e inicio de actividades ante el SII, que habilita la facturación electrónica.
  4. Patente municipal para el local y apertura de la cuenta bancaria.

3. Puntos a tener en cuenta

  • Documentos: los documentos societarios extranjeros deben apostillarse y traducirse al español.
  • Representante: hace falta un representante legal residente con poderes suficientes para temas fiscales y bancarios.
  • Normas del Banco Central: algunas inversiones extranjeras y pagos internacionales deben informarse al Banco Central de Chile.
  • Impuestos: el impuesto de primera categoría general es del 27%, con un tipo menor para pymes que cumplan requisitos; los dividendos a socios extranjeros pagan impuesto adicional, con crédito por el impuesto corporativo según los convenios.

4. Después de la constitución

La sociedad debe llevar contabilidad, emitir factura electrónica, presentar declaraciones mensuales de IVA y la declaración anual de renta, informar a sus beneficiarios finales y afiliar a sus trabajadores a la seguridad social y al sistema de pensiones.

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Las opiniones expresadas son personales y no representan necesariamente la posición de NET CRAMAN. Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Las normas cambian con el tiempo; busca asesoramiento específico antes de actuar.


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